domingo, 25 de octubre de 2015

Dándole dimensión a la Violencia Obstétrica

Las mujeres hemos conquistado muchas cosas en materia social y profesional, pero los aspectos vinculados con nuestra salud, sexualidad y maternidad siguen siendo una cuenta pendiente. Es crítico que dejemos de naturalizar la violencia que se ejerce en esos ámbitos, promoviendo la información y tomando medidas concretas para erradicarla.
Esto no resulta sencillo, ya que tal como lo define la Lic. Carolina Vandam (de la Asociación Dando a Luz), hablar de “violencia obstétrica implica el desafío de deconstruir aquellas prácticas y actitudes que, desde el sistema médico y gran parte de la comunidad de usuarias del sistema de salud, son ejercidas y vistas como lo natural, lo que se hace habitualmente por rutina, porque lxs médicxs son lxs que saben y la mujer debe ser obediente, portarse bien y agradecer la atención que recibe. Detrás de cada práctica y de cada actitud de lxs profesionales de la salud en la atención del embarazo, se esconden concepciones sobre la mujer profundamente arraigadas en la cultura que hacen que la violencia obstétrica quede invisibilizada a la vista de todxs los que la ejercen y de muchas de las que la sufren.”


En ese sentido, una noticia muy positiva y alentadora es la puesta en marcha del primer Observatorio de Violencia Obstétrica, por la agrupación Las Casildas.  Conversamos con ellas para conocer los detalles…

¿Cómo surge la idea del observatorio de Violencia Obstétrica?

Las Casildas como agrupación viene trabajando en este tema desde el 2011, desde entonces hemos generado distintos dispositivos pensados para difundir, informar, visibilizar e instalar el tema en todos los ámbitos, sin embargo sobre todo en los debates de nuestra obra Parir (NOS) nos encontramos siempre con que las mujeres y familias víctimas de Violencia Obstétrica terminamos siendo solo una anécdota, casos aislados que en el mejor de los panoramas encontramos espacios donde hacer catarsis y compartir con otras víctimas. 

A nivel mundial se considera la Violencia Obstétrica como una de las formas de violencia hacia las mujeres más sistemáticas e invisibilizadas que existen, la ONU incluso la considera violación a los derechos humanos. Si bien en Argentina se han hecho grandes avances en materia legal, gracias a las leyes 25.929, 26.485 y 26.529, la violencia obstétrica sigue siendo un grave problema de salud pública, que pone en riesgo el bienestar biopsicosocial de madres y bebés.

Sin embargo, no existen cifras oficiales, ni a nivel público ni privado, sobre los índices de medicalización e intervención de rutina que se realizan en los nacimientos, menos aún sobre el trato deshumanizado que muchas mujeres reciben diariamente, no existen datos fiables que den cuentan de la dimensión de este tipo de violencia, una de las más naturalizadas, sistemáticas y cotidianas. 

Sin estadísticas reales y por ende sin un panorama completo, los reclamos de las mujeres quedan relegados a simples quejas productos de una moda snob y “naturista”. Por esto, mientras no contemos con este tipo de información, las acciones, mecanismos de erradicación y políticas públicas serán tibias y escazas ya que no existe una dimensión real de la magnitud de este flagelo. 

Por otro lado las leyes y mecanismos de denuncia y amparo que nos protegen son muy poco conocidas y difundidas tanto en la sociedad general como a nivel profesionales de la salud e instituciones, agudizando aún más el problema por la falta de acceso a la información.
Es así que el Observatorio surge de nuestra necesidad de generar un proyecto más grande y abarcativo que visibilice las voces de las mujeres y las familias; y sobre todo de generar un espacio de trabajo nacional que aborde exclusivamente esta problemática.


¿En que consiste el observatorio? ¿Qué objetivos se han propuesto?

El Observatorio de Violencia Obstétrica (OVO) es una red nacional, cuyos objetivos son:
  • Recolección y sistematización de datos y estadísticas
  • Seguimiento a denuncias
  • Seguimiento a políticas públicas, proyectos de ley y cumplimiento de leyes
  • Elaboración de recomendaciones a organismos e instituciones involucrados
  • Creación de espacios de difusión y debate con profesionales y ciudadanía en general
  • Promoción de elaboración de estudios y proyectos de investigación
  • Apoyo y difusión de las distintas acciones de otros colectivos y agrupaciones en torno a la Violencia Obstétrica
  • Articular trabajo y acciones con otros Observatorios nacionales e internacionales


¿Tienen apoyo o colaboración de alguna entidad pública?  

El OVO cuenta con el respaldo del Consejo Nacional de las Mujeres, aunque no contamos con ningún tipo de  financiación aún, se trata de una propuesta ciudadana y autogestiva.

¿Que van a hacer con la información recolectada? ¿Dónde y cómo se va a publicar o utilizar?  

Uno de los dispositivos del OVO es la encuesta de atención al parto/cesárea, la cual tiene dos vías de recolección de datos, online y presencial y su recolección de hará a nivel nacional gracias a la red de referentes que estamos creando. A la fecha contamos con casi 2 mil encuestas completas y ya se hizo una primera muestra preliminar que se presentó en el lanzamiento del OVO. 

De los primeros datos relevados (con una muestra de más de 1000 mujeres) se desprenden los siguientes resultados, presentados el pasado 6 de Octubre en el Cabildo de la Ciudad de Buenos Aires:

Cerca del 60% de las mujeres recibió adjetivaciones del tipo “nena, gorda, mami”; más del 50% no se sintió contenida ni pudo manifestar sus dudas, miedos e inquietudes; cerca del 50% no fueron informadas sobre el progreso del trabajo de parto de manera clara y sencilla; más del 40% tuvo rotura artificial de bolsa con más de un 70% de casos sin permiso previo; el 51% recibió oxitocina sintética con más del 70% sin pedido de autorización previa para esta práctica; también con un 60% de ausencia de pedido de autorización previo, se realizaron tactos vaginales en más de un 83% de los casos.En todos los casos, ante la negativa en aceptar alguna de estas prácticas, a más del 44% la asustaron con el bienestar del bebé.

El objetivo que nos hemos marcado es realizar en un año unas jornadas de trabajo con participación ciudadana y representantes de distintos organismos e instituciones involucradas en el tema, además de lxs referentes del OVO donde se presentarán los datos recolectados en ese año y serán la base para realizar recomendaciones y políticas públicas que serán redactadas durante esa jornada de trabajo.

Un tema recurrente cuando se habla de Violencia Obstétrica es la dificultad para "probarla" (suele ser la palabra de la mujer contra el sistema medico hegemónico), la burocracia con la que se encuentran las mujeres que quieren denunciar y la falta de sanciones o acciones correctivas posteriores... ¿De qué manera puede contribuir el Observatorio a mejorar esta situación?  

Por un lado tenemos la encuesta la cual pretende mostrar en cifras los niveles de uso de intervenciones y medicalización de rutina, los cuales pasado cierto porcentaje se consideran injustificables. Sabemos que en el caso particular siempre se pueden dibujar las razones médicas por las que se hace justificable una intervención, sin embargo en el grueso estos índices se hacen injustificables, por ejemplo un profesional o institución pueden justificar algunas cesáreas, pero cuando ese porcentaje supera el 12% (según últimas recomendaciones de la OMS) es evidente que se han realizado cesáreas innecesarias, es posible que no podamos determinar en concreto cuales (por esto de que la HC se puede “dibujar”) pero si es claro que hay un nivel muy superior a los justificable y por ende se ha ejercido Violencia Obstétrica, lo mismo sucede con el resto de intervenciones sobre la madre y el bebé.
En cuanto al trato, otro de los puntos de la Violencia Obstétrica que también será medida por la encuesta, la vivencia de una mujer es inobjetable, mucho más cuando los índices de trato deshumanizado son tan altos.
Además de la encuesta, el Observatorio cuenta con un servicio legal que, además de brindar asesoría, hará seguimiento a los casos de denuncia justamente para evaluar y determinar la efectividad de los canales de denuncia y la respuesta de los organismos involucrados. También estamos trabajando actualmente en generar mecanismos de prevención y resguardo frente a la Violencia Obstétrica que es lo que más nos interesa, evitar que las mujeres, bebé y familias sean sistemáticamente avasallados en la escena del nacimiento.

Para más información o para formar parte de la propuesta:

observatorio@lascasildas.com.ar




La Ley Nacional 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, contempla en el Artículo 6, inciso e) Violencia obstétrica: aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929


Notas relacionadas:

Se lanzo el Obsrvatorio de Violencia Obstétrica en Córdoba



viernes, 2 de octubre de 2015

Analizando la reglamentación de la Ley 25.929

Pasada un poco la euforia y la emoción del primer momento luego de enterarnos que finalmente, 11 años más tarde, se reglamentó la ley nacional 25.929 (popularmente conocida como “ley de parto respetado”); ensayo un análisis más frío resumiendo los puntos más relevantes…

Respecto de prácticas que no se cumplen espontáneamente ni se respetan ante solicitud de la mujer, podemos considerar un gran avance la mención de los siguientes puntos:

  • El equipo de salud interviniente deberá informar en forma fehaciente […] acerca de posibles intervenciones que pudieran llevarse a cabo […] especificando sus efectos, riesgos, cuidados y tratamientos. Cada persona tiene derecho a elegir de manera informada y con libertad, el lugar y la forma en la que va a transitar su trabajo de parto (deambulación, posición, analgesia, acompañamiento) y la vía de nacimiento. El equipo de salud y la institución asistente deberán respetar tal decisión… (ARTÍCULO 2°.a )

  •  Toda persona, en relación con el embarazo, el trabajo de parto, parto y posparto o puerperio tiene derecho a ser tratada con respeto, amabilidad, dignidad y a no ser discriminada […] de conformidad con lo establecido en la Ley N° 26.485 de Protección Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (ARTÍCULO 2°.b )
  • Ante un parto vaginal, el profesional interviniente deberá evitar aquellas prácticas que impidan la libertad de movimiento o el derecho a recibir líquidos y alimentos durante el trabajo de parto cuando las circunstancias lo permitan, evitando, por su parte, prácticas invasivas innecesarias durante el proceso. (ARTÍCULO 2°.d )
  • Toda mujer, […] tiene derecho a estar acompañada por una persona de su confianza y elección durante los controles prenatales, el trabajo de parto, el parto y el posparto.No se podrá exigir requisitos de género, parentesco, edad o de ningún otro tipo, al/la acompañante elegido/a por la mujer embarazada, salvo la acreditación de identidadEn ningún caso se podrá cobrar arancel alguno por la simple permanencia del/la acompañante […]Si así lo deseare, la mujer puede solicitar ser acompañada por acompañantes sustitutos/as. […]Todo lo referido en el presente inciso deberá ser considerado cualquiera sea la vía de parto. (ARTÍCULO 2°.g )
  •  Con el objeto de favorecer el vínculo precoz, el equipo de salud deberá fomentar desde el momento mismo del nacimiento e independientemente de la vía del parto, el contacto del/la recién nacido/a con su madre y familiares directos y/o acompañantes que ésta disponga.  (ARTÍCULO 2°.h )
  • La institución y/o entidad deberá brindar a la mujer las condiciones necesarias y adecuadas para que pueda amamantar, desde la sala de partos y durante toda su internación. (ARTÍCULO 2°.i )
En los puntos “h” e “i” hubiese sido más adecuado o "inequívoco" que se hiciera referencia a respetar el “período crítico” o la primer hora después del parto para promover el apego y el inicio temprano y espontáneo de la lactancia.

  • El equipo de salud y la institución asistencial deberán proveer a la mujer y a su acompañante información respecto del proceso fisiológico y vital que comprenden el embarazo, el trabajo de parto, el parto, el posparto y/o el puerperio, así como del rol del equipo de salud. […] También, deberán incluir información acerca de los procedimientos asistenciales durante el trabajo de parto y hacia el/la recién nacido/a… (ARTÍCULO 2°.j )
  •  El equipo médico interviniente deberá fomentar el contacto inmediato y sostenido del binomio madre-hijo/a, evitando aquellas prácticas invasivas que fueran innecesarias y pudieran afectar al/la recién nacido/a. (ARTÍCULO 3°. a )
  • Los servicios de internación neonatal, aún en sus áreas de terapia intensiva, deberán brindar acceso sin restricciones para la/s madre/s y/o el/los padre/s del/la recién nacido/a, permitiendo el contacto físico. (ARTÍCULO 4°.b )
  •  Los establecimientos de salud deberán adecuar sus instalaciones de manera de contar con Centros de Lactancia Materna (ARTÍCULO 4°.d )
Entre las “formalidades”, encontramos interesante la mención de:

  •  Tanto los efectores públicos, las obras sociales, como las empresas de medicina privada y/o entidades de medicina prepaga, deberán instrumentar las medidas y ejecutar los cambios necesarios para garantizar el cumplimiento de la Ley N° 25.929.Me pregunto cómo van a hacer las instituciones privadas para adaptarse a esta regulación considerando que sus instalaciones pueden ser muy modernas y lujosas, pero como bien expone Melina, “están hechas para mujeres que van a tener una cesárea”.
  •  Que dicha Ley pone de relieve los derechos de toda madre a la información, al trato digno, respetuoso e individual, propugnándose su libertad de elección respecto de la persona que la acompañará, anteponiéndose el parto natural a las prácticas invasivas y de suministro de medicación, sin perjuicio de la necesidad y obligatoriedad de la utilización de estas prácticas cuando lo ameriten el estado de salud de la parturienta y/o la persona por nacer con la previa voluntad de la madre.Juaz! Creo que está bien clarito, hay que ver qué excusa ponen para seguir interviniendo en forma rutinaria.
  • Que asimismo, en la citada norma se destaca el claro reforzamiento del derecho al vínculo corporal entre la madre y el/la recién nacido/a, exigiéndose el mayor respeto a dicho vínculo.A ver si se anotician los Jefes de Neonatología que consideran que el recién nacido es de su propiedad, promoviendo separaciones prolongadas completamente innecesarias cuando los controles de rutina se pueden realizar junto a la madre.
  •  Los términos de dicha Ley deberán entenderse siempre en el sentido que debe velarse por la salud del binomio madre-hijo/a de conformidad con lo expresado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD.
Los “sin reglamentar”: no son puntos menores… algunos podría llegar a ser entendible que se tomen más tiempo para elaborar si no hubiesen pasado 11 años!!

ART 2° c Derecho de la mujer “A ser considerada, en su situación respecto del proceso de nacimiento, como persona sana, de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto.”
ART 3° c Derecho de la persona recién nacida “A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia, salvo consentimiento, manifestado por escrito de sus representantes legales, bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética.”
ART 4° c  Derecho de los Padres “A prestar su consentimento manifestado por escrito para cuantos exámenes o intervenciones se quiera someter al niño o niña con fines de investigación, bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética.”
ART 4° e  Derecho de los Padres “A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados especiales del niño o niña.”
ART 5°  “Será autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Salud de la Nación en el ámbito de su competencia; y en las provincias y la Ciudad de Buenos Aires sus respectivas autoridades sanitarias.”

En conclusión, creo que se trata de algo positivo pero que esto no resuelve nada por sí mismo. Hay que seguir luchando, visibilizando y denunciando la violencia obstétrica; así como exigiendo respeto y el cumplimiento de ley 25.929 con todos los instrumentos disponibles.